La acción presentada por un pandillero de la MS-13 para frenar la nueva Ley Antipandillas en Guatemala generó dudas entre expertos legales, quienes señalan que el procedimiento no siguió la vía correcta y presenta inconsistencias.
Tras la sanción del Decreto 11-2025, que endurece el combate a maras y estructuras criminales transnacionales, el pandillero Dylan Smaily Archila García, acudió a la Corte de Constitucionalidad para intentar bloquear la entrada en vigencia de la normativa.
El recurso fue presentado mediante un amparo, con el argumento de que el Congreso violó principios de legalidad, certeza jurídica y debido proceso al aprobar la ley. Según su planteamiento, los diputados excedieron sus facultades.
Sin embargo, abogados citados por La Hora explicaron que el pandillero usó un recurso incorrecto. Señalan que, si su intención era cuestionar el procedimiento de creación de la ley, debió presentar una acción de inconstitucionalidad, no un amparo.
El abogado Ovidio Orellana afirmó que el planteamiento es improcedente, porque la impugnación se dirige contra una norma de carácter general ya vigente. A su criterio, la vía procesal utilizada es suficiente para que el amparo sea rechazado desde su trámite inicial.

Orellana también sostuvo que los argumentos carecen de consistencia, pues la actividad parlamentaria se desarrolló conforme a las reglas constitucionales y legales. Además, remarcó que el amparista no citó disposiciones que respalden sus alegaciones de supuestos vicios en el proceso legislativo.
Otro especialista, el abogado Edgar Ortiz, coincidió en que la vía adecuada era la inconstitucionalidad, sobre todo porque el recurso invoca “vicios interna corporis”, es decir, fallas en los pasos internos de aprobación. Ortiz señaló que algunos señalamientos podrían merecer análisis, pero reiteró que fueron presentados por el camino equivocado.
Ortiz explicó que uno de los puntos planteados por el amparo es que el Congreso habría aprobado enmiendas superiores al 30% del contenido original, algo que, según la Ley Orgánica del Organismo Legislativo, requeriría devolver el proyecto a comisión. Aunque admite que es un argumento que podría revisarse, enfatizó que no corresponde hacerlo mediante amparo.

El recurso también sostiene que se modificó el fondo de revisión de forma “inconstitucional”, alterando partes sustantivas del texto ya aprobado. A criterio del abogado que presentó la acción, esto violó principios de legalidad, certeza jurídica y debido proceso.
No obstante, para los abogados consultados, la combinación de una vía procesal incorrecta y argumentos sin respaldo legal sólido vuelve improbable que la Corte de Constitucionalidad dé marcha atrás a la Ley Antipandillas, una normativa que ha sido observada con atención en toda Centroamérica por su impacto en la lucha regional contra maras y estructuras criminales.







