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La Sociedad Interamericana de Prensa celebra fallo que sienta un precedente contra la censura indirecta en Costa Rica

La Sala Constitucional reconoce que la suspensión de pauta estatal al programa satírico El Chinamo constituyó una forma de presión indebida contra la libertad de expresión.

Equipo CA360 Por Equipo CA360
9 julio, 2025
in Política
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La Sociedad Interamericana de Prensa celebra fallo que sienta un precedente contra la censura indirecta en Costa Rica

El Chinamo, programa transmitido por Teletica Canal 7 de Costa Rica.

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La Sociedad Interamericana de Prensa (SIP) saludó este miércoles el fallo de la Sala Constitucional de Costa Rica que declaró que dos entidades estatales incurrieron en censura indirecta al retirar la publicidad oficial al programa televisivo El Chinamo, transmitido por Teletica Canal 7. La resolución, considerada un precedente relevante en materia de libertad de prensa, establece que el Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) y el Banco Popular actuaron de manera improcedente al condicionar el financiamiento publicitario al contenido editorial del espacio.

La controversia surgió en diciembre de 2024, cuando El Chinamo, un programa popular de temporada navideña, emitió su segmento humorístico denominado “El Chinaoke”. En esta sección, los presentadores interpretaron canciones con sátira política y social que criticaban asuntos como la inseguridad ciudadana, la desigualdad económica y las deficiencias en los servicios públicos. Poco después de la emisión, el ICE y el Banco Popular, ambos entes de carácter estatal, decidieron suspender su pauta comercial en el programa.

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La medida fue objeto de dos recursos de amparo, promovidos por un abogado y un ciudadano adulto mayor, quienes señalaron que el retiro de la pauta estatal representaba un castigo económico por ejercer el derecho a la crítica mediante el humor. La Sala Constitucional, conocida como Sala IV, acogió las denuncias y determinó que ambas instituciones vulneraron derechos fundamentales garantizados en la Constitución Política costarricense y en instrumentos internacionales de derechos humanos.

La SIP celebra nuevo precedente legal a favor de la libertad de prensa en Costa Rica – https://t.co/YGI83NY4r2 pic.twitter.com/AqMAF3sjW9

— SIP • IAPA (@sip_oficial) July 9, 2025

En su análisis, los magistrados subrayaron que las entidades públicas tienen el deber de actuar con neutralidad y que el uso de fondos estatales no puede supeditarse a contenidos favorables o desfavorables al gobierno o a los intereses políticos de turno. Según el fallo, el retiro de la publicidad constituyó un acto de censura indirecta, pues implicó sancionar la expresión crítica mediante presiones económicas.

La SIP, con sede en Miami, valoró la resolución como un hito que refuerza la independencia editorial y protege a los medios y programas de entretenimiento que ejercen la sátira política. En un comunicado, la organización destacó que este precedente confirma que la publicidad estatal no debe ser utilizada como instrumento de premio o castigo. La SIP ya había expresado preocupación en diciembre pasado por el incidente, que consideró un intento de coartar la libertad de expresión en Costa Rica.

La controversia se produjo en un contexto más amplio de tensiones entre el gobierno costarricense y diversos medios de comunicación. En enero de este año, una misión de la SIP visitó el país y documentó un “clima preocupante de hostilidad” hacia la prensa crítica, incluyendo prácticas de estigmatización, señalamientos públicos y presiones que podrían fomentar la autocensura. Según los reportes de la organización, estos episodios se han acentuado durante la administración del presidente Rodrigo Chaves, quien ha sostenido relaciones conflictivas con varios medios y periodistas.

El fallo relacionado con El Chinamo se suma a otras resoluciones recientes de la Sala Constitucional en defensa de la libertad de prensa. En mayo pasado, el tribunal resolvió a favor de tres periodistas que denunciaron restricciones al acceso a la información pública por parte del Ejecutivo. Además, en 2023, la Sala había emitido un voto que advirtió sobre el riesgo de que ciertos señalamientos desproporcionados de funcionarios contra la prensa pudieran derivar en hostigamiento.

La Televisora de Costa Rica, propietaria de Teletica, manifestó tras conocerse la sentencia que valoraba la decisión del tribunal como un respaldo a los principios de libertad de expresión, libertad de prensa y libertad de comercio. La empresa indicó que analizaba posibles acciones legales para la reparación de daños y perjuicios derivados de la suspensión de la pauta, que consideró inconstitucional.

El Chinamo es uno de los espacios de entretenimiento más vistos durante diciembre en Costa Rica y goza de una larga tradición de incorporar segmentos humorísticos y de parodia. En su edición 2024, el “Chinaoke” incluyó letras alusivas al costo de la vida y a la percepción de inseguridad, temas de alta sensibilidad social que, según analistas, motivaron la reacción de las entidades patrocinadoras.

La SIP, fundada en 1943, reúne a más de 1.300 medios de comunicación del continente americano y se dedica a la defensa y promoción de la libertad de prensa y expresión. En los últimos años, ha intensificado su monitoreo sobre Costa Rica ante lo que describe como un deterioro progresivo de las condiciones para el ejercicio periodístico independiente.

El fallo de la Sala Constitucional fue valorado por especialistas en derecho constitucional como una reafirmación de que la sátira, la crítica política y el humor gozan de las mismas garantías que el periodismo informativo y no pueden ser objeto de represalias económicas por parte de entes públicos. Observadores consideran que la resolución podría marcar un precedente relevante en América Latina, donde la asignación de pauta estatal ha sido utilizada en ocasiones para presionar a medios críticos.

Tags: censuraCosta RicaLibertad de prensaSala ConstitucionalSIP
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