La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) presentó ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) el caso Nº 14.364 contra el Estado de Guatemala, por violaciones a los derechos políticos y a las garantías judiciales de cinco mujeres que participaron en el proceso de selección de magistrados y magistradas de la Corte Suprema de Justicia y la Corte de Apelaciones en 2014.
Las víctimas, Ana Vilma Díaz Lemus, Vilma Tatiana Cabrera Alvarado, Estela Bailey Beltetón, Claudia Lissette Escobar Mejía y Helen Beatriz Mack Chang, denunciaron que el proceso a cargo de las Comisiones de Postulación se desarrolló con falta de transparencia, criterios desiguales y sin motivación suficiente en las decisiones que definieron las candidaturas.
De acuerdo con la CIDH, aunque varias de las postulantes obtuvieron altas calificaciones, no fueron incluidas en las listas remitidas al Congreso sin que se les explicara la razón. En el caso de Helen Mack, quien participó como observadora, interpuso recursos ante la Corte de Constitucionalidad que fueron rechazados sin corregir las anomalías denunciadas.
En su Informe de Fondo No. 116/24, la CIDH concluyó que el proceso de selección no se basó en mérito ni en capacidad profesional, y que las comisiones evaluadoras incumplieron tanto la normativa interna como los estándares internacionales. También señaló que se comprometió la imparcialidad de algunos comisionados, lo cual afectó directamente la independencia judicial y debilitó la confianza ciudadana en la separación de poderes.
La Comisión determinó que el Estado de Guatemala es responsable por la violación a los derechos a la independencia judicial, las garantías judiciales, el acceso a funciones públicas en igualdad de condiciones y el derecho a la protección judicial, establecidos en los artículos 8.1, 23 y 25.1 de la Convención Americana, en relación con los artículos 1.1 y 2 del mismo tratado.
Como medidas de reparación, la CIDH solicitó a la Corte Interamericana que se ordene una compensación económica a las víctimas, la realización de un acto público de disculpas, e investigaciones administrativas y penales contra los responsables de las irregularidades. Asimismo, instó al Estado a adoptar garantías de no repetición, que incluyan:
La obligación de motivar las decisiones en los procesos de selección judicial.
La publicidad y transparencia de todos los actos de las Comisiones de Postulación.
El impedimento de enviar nóminas al Congreso mientras haya recursos pendientes de resolución por parte de los postulantes.







